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PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. HABEAS DATA

Breve Explicación del Sistema Legal

La Ley Argentina de Protección de Datos Personales Nº 25.326 se encuentra vigente desde el año 2000. La misma se encuentra reglamentada por el Decreto 1558/2001. 

Esta ley establece una protección integral de los datos personales con el fin de salvaguardar el derecho de las personas a su privacidad y el derecho de acceso a sus datos personales registrados en bases de datos públicas y privadas.

De acuerdo con la ley argentina, como regla general, el tratamiento de datos personales es lícito cuando el interesado ha dado su consentimiento expreso, contando con las siguientes excepciones (art. 5 de la ley):

a) Los datos se obtengan de fuentes de acceso público irrestricto;

b) Se recaben para el ejercicio de funciones propias de los poderes del Estado o en virtud de una obligación legal;

c) Se trate de listados cuyos datos se limiten a nombre, documento nacional de identidad, identificación tributaria o previsional, ocupación, fecha de nacimiento y domicilio;

d) Deriven de una relación contractual, científica o profesional del titular de los datos, y resulten necesarios para su desarrollo o cumplimiento;

e) Se trate de las operaciones que realicen las entidades financieras y de las informaciones que reciban de sus clientes conforme las disposiciones del artículo 39 de la ley 21.526.

Requisitos Esenciales y Materia Protegida

La ley exige que el consentimiento del interesado para el tratamiento de sus datos personales debe ser expreso y otorgado por escrito o forma equivalente.

No podrán recabarse datos sensibles. Se consideran tales aquellos que revelan origen racial y étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e información referente a la salud o a la vida sexual. Existen algunas pocas excepciones establecidas en el art. 7 y 8 de la ley.

La formación de archivos de datos será lícita cuando se encuentren éstos debidamente inscriptos. El organismo competente es el Registro Nacional de Bases de Datos, dependiente de la Agencia de Acceso a la Información Pública, quien tiene facultades de ejecución y dicta normas sobre las sanciones aplicables en caso de incumplimiento de las normas de protección de datos.

Es importante destacar que la Unión Europea considera a la República Argentina como un país que garantiza un nivel adecuado de protección (conf. 2003/490/CE: Decisión de la Comisión, de 30 de junio de 2003, con arreglo a la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la adecuación de la protección de los datos personales en Argentina).

SERVICIOS EN EL EXTERIOR

Nuestro Estudio brinda asistencia en materia protección de datos personales en el exterior a través de una amplia red de corresponsales especializados en cada territorio.

Ello nos permite acompañar al cliente en su expansión internacional, elaborando con él estrategias adecuadas al ritmo de su desarrollo.